Hace poco menos de un año publicábamos en este blog la noticia de que las motos anteriores al 2003 no podrían circular libremente por Barcelona durante los días declarados de alta contaminación. Ahora la cosa cambia y, a partir del 1 de enero del 2020, la prohibición pasa de ser temporal a permanente. Vamos a profundizar un poco más en ello…

¿Cuál es la nueva normativa?

Según informa el gobierno municipal, para mejorar la salud medioambiental y reducir las emisiones contaminantes de los vehículos de motor (NO2 y PM10 ) en un 30 %, el 1 de enero de 2020 entrará en vigor la zona de bajas emisiones permanente todos los días laborables, de 7.00 a 20.00 horas. De este modo se espera una mejora sustancial de la calidad del aire de la ciudad condal.

Partiendo de esa base, el ayuntamiento barcelonense prohibe la circulación por la denominada ZBE (zona de bajas emisiones) de cualquier vehículo sin etiqueta medioambiental.

Además, si resulta que tu vehículo es una moto anterior al año 2003 y entras en la zona te podrán multar por ello.

Con esta medida se prevé que aproximadamente 50.000 vehículos al día dejen de circular por esta zona, cifra que se estima que será de 125.000 al cabo de cuatro años.

¿Qué es la ZBE?

Es un área de más de 95 kilómetros cuadrados que incluye Barcelona y los municipios circundantes de las rondas. La zona incluye el término municipal de Barcelona (excepto el barrio de Vallvidrera, el Tibidabo y Les Planes y la Zona Franca industrial) y los municipios de Sant Adrià de Besòs, L’Hospitalet de Llobregat, Esplugues de Llobregat y Cornellà de Llobregat.

¿Cuándo empiezan las multas?

A partir del 1 de abril empezarán las sanciones, siendo de entre 200 y 499€, consideradas infracciones leves, excepto si hay un episodio declarado de contaminación, lo cual serían graves y pasarían a costarte entre 500 y 999€. Habrá 70 cámaras de control repartidas por toda la ciudad, pero podrás solicitar un permiso excepcional de circulación si lo pides con antelación en la web del Área Metropolitana de Barcelona, con un máximo de 10 días al año.

Excepciones

Según información del propio ayuntamiento, estarán exentos de la medida los vehículos de personas con movilidad reducida, los servicios de emergencias y los servicios municipales esenciales.

El gobierno municipal también facilitará 10 autorizaciones cada año a los vehículos contaminantes para cuando necesiten circular dentro del área ZBE.

¿Cómo se qué etiqueta debe llevar mi moto?

La DGT clasificó los ciclomotores y las motocicletas según su potencial contaminante, como ya lo hizo con los coches y demás vehículos, rigiéndose por las medidas del Plan Aire, el Plan Nacional de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera. Según este Plan, la clasificación de los vehículos se realiza según el grado de contaminación que emiten.

Así, hay cuatro niveles de catalogación que son:

  • Categoría B: Nivel de emisiones Euro 2. Aquí entran todos los vehículos matriculados a partir del 2003 que no cumplan con alguna de las normativas más recientes.
  • Categoría C: Nivel de emisiones Euro 3 y Euro 4. Entran en esta categoría, los vehículos matriculados a partir del 2006 para el Euro 3, y los que lo hicieron a partir del 2016 para el Euro 4 y que tengan un nivel de emisiones de CO2 superior a 75gr/km recorrido.
  • Categoría ECO: Categoría eléctrica HEV y PHEV con una autonomía inferior a 40km. A esta categoría corresponden los vehículos híbridos (HEV) y los híbridos enchufables (PHEV), con una autonomía por debajo de los 40km en modo eléctrico, siempre que tenga un nivel de emisiones de CO2 inferior a 75gr/km recorrido.
  • Categoría 0 emisiones: Categoría eléctrica DEV, REEV y PHEV con autonomía superior a 40km. Aquí encontramos los vehículos totalmente eléctricos (DEV), los eléctricos de autonomía extendida (REEV) y los híbridos enchufables (PHEV), con una autonomía por encima de los 40km en modo eléctrico.

Según el registro de la DGT, partiendo de esta categorización, en marzo de 2018 se quedan sin etiqueta el 45% de las motos y ciclomotores.

¿Cómo consigo mi etiqueta?

Durante un tiempo, la DGT estuvo enviando estas etiquetas a los domicilios de los propietarios, pero ahora ya no lo hace y tampoco se llegaron a enviar a todos los propietarios. Así que, si eres uno de los que no tuvo la suerte, puedes conseguir la tuya en cualquier oficina de Correos por 5€, y para llevártela tendrás que enseñar el permiso de circulación del vehículo y el DNI del propietario.

 

 

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